*Para la comodidad de los usuarios, la presente normativa de uso es una traducción al español. Por favor, tenga en cuenta que para el uso de este servicio se aplica la versión en japonés a continuación y no la versión traducida.

Fecha de entrada en vigor: 1 de febrero de 2017

Capítulo I Disposiciones generals

Artículo 1.(Establecimiento de normas)

  1. La Empresa establece una normativa de uso de Visual Learning Japanese(incluyendo el listado de precios. En lo sucesivo, la “Normativa”) para la prestación de los servicios de Visual Learning Japanese(el sitio web, el material en PDF, el centro de consultas y la aplicación para smartphone para el aprendizaje de japonés, en adelante, conjuntamente, “VLJ”).
  2. La parte contratante de VLJ(en lo sucesivo, la “Parte Contratante”) hace referencia al sujeto que debe respetar dicha normativa.

Artículo 2.(Alcance de la Normativa)

  1. La Normativa será de aplicación a toda la relación respecto a los servicios VLJ entre la Parte Contratante y la Empresa.
  2. Todas aquellas disposiciones que la Empresa decida notificar a la Parte Contratante para una mejor gestión de los servicios VLJ entrarán a formar parte de la Normativa.

Artículo 3.(Modificaciones de la Normativa)

  1. La Normativa está sujeta a modificaciones. A menos que se indique de otra manera, dichas modificaciones de precio, entre otras, pasarán a formar parte de la Normativa.
  2. Dichas modificaciones se notificarán a la parte contratante a través del método establecido en el Artículo 22 del presente contrato(Notificaciones respecto al contrato). Las modificaciones entrarán en vigor según lo descrito en dicho artículo.

Capítulo II El contrato

Artículo 4.(Solicitud y aprobación)

  1. Si se desea hacer uso de los servicios VLJ, deberá aceptarse la Normativa y realizar una solicitud por el método establecido por la Empresa.
  2. La Empresa puede rechazar dicha solicitud en los siguientes casos:
    1. Cuando ofrecer los servicios VLJ al solicitante sea extremadamente difícil por motivos técnicos u otros motivos.
    2. Cuando la Empresa considere que el solicitante no ha realizado el pago de los servicios VLJ o de los gastos de tramitación o sospeche que no podrá hacerlo.
    3. Cuando el solicitante de los servicios VLJ haya incurrido en alguno de los supuestos del Artículo 12.1(Interrupción del servicio) o la Empresa considere que puede hacerlo.
    4. Cuando los datos de solicitud sean falsos
    5. Cuando el solicitante no sea una persona jurídica de Japón(incluso cuando sea la Empresa quien así lo considere).
    6. Cuando suponga un perjuicio para la Empresa
  3. Si, una vez formalizado el contrato, se descubre que se ha incurrido en alguno de los supuestos anteriores descritos en el punto 4.2 anterior, la Empresa podrá retirar su aprobación. En tal caso, no asumirá responsabilidad alguna por los daños que sufra la Parte Contratante, quien sí deberá asumir los gastos que haya generado a la Empresa hasta el momento.
  4. En caso de no aprobar la solicitud, la Empresa se lo notificará al solicitante.

Artículo 5.(Periodo del servicio)

  1. El listado de precios indica el periodo de los servicios VLJ.
  2. A la finalización del periodo de los servicios VLJ descrito en el punto anterior, expirará la vigencia del presente contrato.

Artículo 6.(Cambios en la información proporcionada)

Cuando se produzcan cambios en los datos que la Parte Contratante facilitó a la Empresa en el momento de la solicitud o con posterioridad a él, deberá comunicarlos a la Empresa sin demora mediante el sistema establecido por la misma. La Empresa no se hará responsable de ningún perjuicio ocasionado a la Parte Contratante por el incumplimiento de dicha obligación por parte de la misma.

Artículo 7.(Sucesión de la Parte Contratante)

  1. Cuando se produzca una sucesión convencional u otra persona jurídica suceda a la Parte Contratante a causa de una fusión o división societaria, el heredero o la persona jurídica resultante de la fusión o la que adquiera todos los derechos de uso en la división se subrogará en la posición de la Parte Contratante.
  2. Si se produce dicha sucesión, el heredero o la persona jurídica resultante de la fusión o la que adquiera todos los derechos de uso en la división deberá certificar dicha condición haciendo llegar a la Empresa la documentación que esta misma designe.
  3. En el caso de que existan dos o más personas jurídicas que sucedan a la Parte Contratante, se designará a una de ellas como representante con relación a la Empresa, que notificará dicha condición a la Empresa. Notificará también cualquier cambio en dicha condición.

Artículo 8.(Prohibición de la cesión de derechos sobre los servicios VLJ)

En virtud del presente contrato, no se podrá ceder el derecho a acceder a los servicios VLJ. Sin embargo, dicha prohibición no será de aplicación si la Empresa autoriza dicha cesión.

Artículo 9.(Resolución del contrato por parte de la Parte Contratante)

Cuando la Parte Contratante desee rescindir el contrato, deberá comunicarlo con antelación y por escrito a la Empresa utilizando el formato designado por la misma. En tal caso, no se procederá a la devolución del importe abonado en virtud del Artículo 14 del presente contrato.

Artículo 10.(Resolución del contrato por parte de la Empresa)

  1. La Empresa podría resolver el contrato en el caso de que la Parte Contratante incurra en alguno de los siguientes supuestos. En tal caso, no se procederá a la devolución del importe abonado en virtud del Artículo 14 del presente contrato.
    1. Cuando se trate de una Parte Contratante a la que se le haya suspendido el uso de los servicios VLJ en virtud del Artículo 12(Interrupción del servicio) que no haya subsanado la causa de la interrupción del servicio.
    2. Cuando haya transcurrido el plazo designado separadamente por la Empresa sin que se haya abonado el importe de los servicios VLJ.
    3. Cuando se hayan producido o se tema que puedan producir desastres naturales, accidentes u otras circunstancias de fuerza mayor.
    4. Cuando los servicios VLJ no funcionen correctamente y resulte extremadamente difícil seguir proporcionando dichos servicios.
    5. Cuando, por liquidación forzosa por imperativo legal, resulte extremadamente difícil proporcionar los servicios VLJ.
  2. Cuando la Empresa se vea obligada a suspender los servicios VLJ según lo descrito en el punto anterior, lo notificará con antelación a la Parte Contratante. Sin embargo, dicha disposición no aplica cuando se deba a emergencias o causas de fuerza mayor.

Capítulo III Suspensión del servicio

Artículo 11.(Suspensión del servicio)

  1. La Empresa puede suspender parte o la totalidad de los servicios VLJ en los siguientes casos:
    1. Cuando se vea obligada a ello por obras, mantenimiento de instalaciones u otras necesidades de la prestación de servicios VLJ
    2. Cuando se hayan producido o se tema que puedan producir desastres naturales, accidentes u otras circunstancias de fuerza mayor.
    3. Cuando los servicios VLJ no funcionen correctamente y resulte extremadamente difícil seguir proporcionando dichos servicios.
    4. Cuando, por liquidación forzosa por imperativo legal, resulte extremadamente difícil proporcionar los servicios VLJ.
    5. Cuando sea necesario por seguridad, para defenderse de accesos no autorizados a las instalaciones de la Empresa
  2. Cuando la Empresa se vea obligada a suspender los servicios VLJ según lo descrito en el punto anterior, lo notificará con antelación a la Parte Contratante. Sin embargo, dicha disposición no aplica cuando se deba a emergencias o causas de fuerza mayor.

Artículo 12.(Interrupción del servicio)

  1. La Empresa puede interrumpir los servicios VLJ si la Parte Contratante incurre en alguno de los siguientes supuestos:
    1. Incumplir lo dispuesto en el Artículo 21(Deberes de la Parte Contratante).
    2. Además de en el caso anterior, cuando una infracción de la Normativa cause o pueda causar un daño considerable a las instalaciones de telecomunicaciones de la Empresa(equipos, herramientas y cableado necesarios para llevar a cabo comunicaciones electrónicas, en lo sucesivo, las “Instalaciones”) o a las tareas de prestación de los servicios VLJ.
  2. Cuando la Empresa se vea obligada a interrumpir los servicios VLJ según lo descrito en el punto anterior, notificará la fecha y la duración de la interrupción con antelación a la Parte Contratante. Sin embargo, dicha disposición no aplica cuando se deba a emergencias o causas de fuerza mayor.

Capítulo IV Tarifas

Artículo 13.(Tarifas)

Las tarifas de VLJ serán las que se establezcan en el listado de precios.

Artículo 14.(Deber de abonar la tarifa)

La Parte Contratante deberá abonar, en concepto de contraprestación por los servicios VLJ durante el periodo descrito en el Artículo 5(Periodo del Servicio), el importe establecido en la lista de precios en un máximo de 30 días a contar a partir de la fecha de prestación de los servicios de VLJ.

Artículo 15.(Suplemento)

Si la Parte Contratante no abona lícitamente la tarifa, además de dicho importe, deberá abonar el doble del mismo(excluyendo el impuesto al consumo) más el impuesto al consumo aplicable al total.

Artículo 16.(Intereses de demora)

Cuando la Parte Contratante no haya abonado la tarifa del servicio u otros importes adeudados(con excepción de los intereses de demora) en la fecha de pago, la Empresa podrá exigirle en calidad de intereses de demora el importe correspondiente a un 14,5% anual a contar desde el día siguiente al vencimiento del pago hasta el día anterior a que dicho pago se haga efectivo.


Capítulo V. Daños y perjuicios

Artículo 17.(Limitación de responsabilidad)

Cuando la Parte Contratante incurra en daños atribuibles a la Empresa en relación con los servicios VLJ, la responsabilidad de la Empresa para compensar por dichos daños corrientes a la Parte Contratante quedará limitada al importe abonado durante los últimos 6 meses por la segunda, quedando excluido el lucro cesante. La Empresa no asumirá responsabilidad alguna por daños especiales o indirectos, independientemente de la posibilidad o no de preverlos.
17.2 En el caso de que no se proporcionen los servicios VLJ debido a dolo o negligencia por parte de la Empresa, lo dispuesto en el punto anterior no será de aplicación.

Artículo 18.(Exención de responsabilidad)

  1. Con excepción de lo dispuesto en el punto 1 del Artículo anterior, la Empresa no compensará por daño alguno a la Parte Contratante, y dicha parte no reclamará compensación alguna a la Empresa. Asimismo, cuando la Parte Contratante haya causado perjuicios a terceros mediante el uso de los servicios VLJ, deberá resolverlo por sus propios medios. La Empresa no asumirá responsabilidad de ningún tipo.
  2. La Empresa no asumirá ningún tipo de responsabilidad, independientemente de la causa, por liquidación forzosa por imperativo legal, conflictos comerciales, acceso indebido por parte de terceros o problemas o averías en las Instalaciones necesarias para prestar los servicios de VLJ.

Artículo 19.(No garantía)

La Empresa no garantiza a la Parte Contratante lo siguiente:

  1. Que VLJ no infrinja derechos de terceros.
  2. Que VLJ responda a las expectativas de la Parte Contratante en términos de calidad y utilidad, y que su funcionamiento no se vaya a interrumpir o no presente errores.
  3. Que el contenido de los servicios VLJ, así como la información que la Parte Contratante adquiera a través de ellos, sea completo, exacto, cierto, útil, valioso, adecuado para el propósito o imparcial.
  4. Que el uso de los servicios VLJ no afecte a las aplicaciones o a los datos del terminal mediante el cual acceda a ellos.

Capítulo VI. Otras disposiciones

Artículo 20.(Supresión de los servicios VLJ)

  1. La Empresa podrá suprimir parte o la totalidad de los servicios VLJ.
  2. Cuando ello ocurra, se considerará que el contrato ha vencido en relación con parte o la totalidad de los servicios VLJ.
  3. La Empresa no asumirá responsabilidad alguna frente a la Parte Contratante o a terceros por daños derivados de la supresión de parte o la totalidad de los servicios VLJ.
  4. Cuando la Empresa decida suprimir parte o la totalidad de los servicios VLJ en virtud de lo dispuesto en el punto 1 del presente artículo, deberá notificarlo con antelación a la Parte Contratante en un periodo razonable de tiempo.

Artículo 21.(Obligaciones de la Parte Contratante)

  1. La Parte Contratante deberá cumplir las siguientes obligaciones:
    1. No llevar a cabo acciones que permitan a terceros usar los servicios VLJ, como concederles licencias o segundas licencias.
    2. No permitir el uso por más de una persona del 1ID establecido en el listado de precios.
    3. No llevar a cabo acciones que menoscaben los derechos de autor de la Empresa o de terceros.
    4. No modificar o eliminar datos de la Empresa o de terceros a los que pueda acceder a través de los servicios VLJ.
    5. No hacer uso de los servicios VLJ fingiendo ser un tercero.
    6. No enviar de forma intencionada programas informáticos dañinos o similares.
    7. No acceder de forma ilimitada a las instalaciones de la Empresa ni llevar a cabo acciones que perjudiquen su uso o su gestión.
    8. No llevar a cabo acciones para recabar datos de terceros de forma fraudulenta o sin el consentimiento del interesado.
    9. No llevar a cabo ninguna acción contraria a la ley, a la Normativa o al interés público, ni acciones que perjudiquen la gestión del servicio, que menoscaben la imagen de la Empresa, ni tampoco acciones que ocasionen perjuicios a terceros.
    10. No llevar a cabo acciones similares a las arriba descritas o que puedan derivar en alguna de dichas acciones.
  2. Si la Parte Contratante infringe alguna de las disposiciones anteriores y daña gravemente las Instalaciones de la Empresa relativas a los servicios VLJ, deberá abonar los gastos de las obras u otro tipo de reparaciones necesarias en la fecha designada por la Empresa.
  3. La Empresa no asumirá responsabilidad alguna por los daños sufridos por la Parte Contratante o por terceros a causa del incumplimiento por parte de la Parte Contratante de obligaciones estipuladas en la presente disposición.
  4. La Parte Contratante debe adoptar todas las medidas necesarias para el cumplimiento de la Normativa en el uso de los servicios VLJ. Cuando dicho uso actúe en perjuicio de los usuarios o cree conflictos entre usuarios, la Parte Contratante deberá ponerle solución mediante sus propios medios y responsabilidad, y la Empresa no asumirá ninguna responsabilidad al respecto.
  5. La Parte Contratante será responsable de gestionar la ID y la contraseña(en lo sucesivo, la “ID”) y no podrá revelarla de forma imprudente a terceros. Si la Empresa comprueba que la ID coincida, considerará que es la Parte Contratante titular de dicha ID la que ha hecho uso de los servicios VLJ.
  6. Si la Parte Contratante incumple lo establecido en el punto anterior y con ello causa grave perjuicio al funcionamiento de la Empresa o a las Instalaciones, o se considera que puede hacerlo, la Empresa puede optar por una modificación de ID u otras medidas oportunas. La Empresa no se hará responsable de los daños que pueda sufrir la Parte Contratante debido a dichas medidas.
  7. Cuando vayan a adoptarse las medidas descritas en el punto anterior, la Empresa lo notificará a la Parte Contratante, junto con el motivo de su adopción, con antelación. Sin embargo, dicha disposición no aplica cuando se deba a emergencias o causas de fuerza mayor.

Artículo 22.(Notificaciones a la Parte Contratante)

La Empresa podrá decidir realizar notificaciones a la Parte Contratante por el método de los abajo descritos que considere oportuno:

  1. Mediante publicación en el sitio web de la Empresa. En tal caso, se considerará realizada la notificación en el momento de la publicación.
  2. Mediante correo electrónico a la dirección electrónica o mediante fax al número de fax indicados por la Parte Contratante en el momento de la solicitud o con posterioridad al mismo. En tal caso, se considerará realizada la notificación en el momento en que el correo electrónico llegue al servidor de correo o en el que el fax alcance el dispositivo de fax.
  3. Mediante correo postal a la dirección postal indicada por la Parte Contratante en el momento de la solicitud o con posterioridad a ella. En tal caso, se considerará realizada la notificación en el momento en que la comunicación llegue a la dirección indicada.
  4. Por cualquier otro medio que la Empresa considere oportuno. En tal caso, se considerará realizada la notificación en el momento en que la Empresa así lo indique en la propia notificación.

Artículo 23.(Derechos de la propiedad intelectual de la Empresa)

  1. En lo referente a los programas de software y otro tipo de productos relacionados con los servicios VLJ que la Empresa alquile o muestre a la Parte Contratante(incluyendo la Normativa, las características del servicio, el manual de instrucciones y los contenidos que se muestren a través de los servicios VLJ, en lo sucesivo, los “Programas”), todos los derechos de autor y know-how, o todos los derechos de la propiedad en su conjunto, serán de la titularidad de la Empresa o de quien la Empresa designe.
  2. La Parte Contratante tratará los Programas de la siguiente manera:
    1. No los usará para fines distintos de la finalidad de los servicios VLJ
    2. No copiará, modificará, editará, adaptará, creará obras derivadas ni realizará ingeniería o compilación inversas para extraer el código fuente.
    3. Independientemente de que sea o no con fines lucrativos, no alquilará, cederá o dará en garantía los servicios a terceros.
    4. No modificará o eliminará la referencia a los derechos de autor de la Empresa o de terceros designados por ella.
  3. Las disposiciones de la presente cláusula seguirán vigentes tras la finalización del contrato.

Artículo 24.(Tratamiento de datos personales)

El tratamiento de los datos personales de los que la Empresa tenga conocimiento durante la prestación de los servicios VLJ será objeto de otras disposiciones establecidas por la Empresa.

Artículo 25.(Confidencialidad)

  1. La Parte Contratante únicamente utilizará la información confidencial(incluyendo manuales de instrucciones, en lo sucesivo, la “Información Confidencial) de carácter comercial, técnico o de cualquier otra índole revelada para el uso de los servicios VLJ con el fin de hacer uso de los servicios, y no podrá hacerla pública ni divulgarla a terceros sin autorización previa por escrito de la Empresa. La presente disposición tiene las siguientes excepciones:
    1. Información que fuera del dominio público en el momento de la divulgación.
    2. Información que haya pasado a ser del dominio público por razones no atribuibles a la Parte Contratante después de que ésta la divulgara.
    3. Información que la Parte Contratante haya adquirido lícitamente de terceros cuyos derechos poseen y que dichos terceros no consideren confidencial.
    4. Información que la Parte Contratante divulgue aparte de la información confidencial obtenida a través de la Empresa
    5. La información a la que la Empresa haya acordado retirar la naturaleza de información confidencial por escrito
  2. La Parte Contratante podrá divulgar información confidencial de la Empresa, en el menor grado posible, cuando se le requiera dicha divulgación por imperativo legal o por sentencia, decisión, orden u otro tipo de resolución judicial o administrativa. Sin embargo, en la medida de lo posible, informará a la Empresa antes de dicha divulgación cuando reciba el requerimiento.
  3. Las disposiciones del presente artículo seguirán vigentes tras la finalización del contrato.

Artículo 26.(Limitaciones a la exportación)

La Parte Contratante debe ser consciente de que su uso de los servicios VLJ y de la tecnología de que hace uso(en lo sucesivo, “VLJ”) puede verse restringido por la legislación sobre exportación de Japón, como la normativa de exportaciones o de cambio de divisas, y la de otros países, como la normativa de control de exportaciones de E.E.U.U. y de que debe cumplir dicha normativa. A su vez, se compromete a no ceder, exportar ni reexportar los servicios VLJ sin el pertinente permiso del gobierno a países de exportación prohibida o a países con restricciones comerciales ni a sus empresas, residentes o ciudadanos, así como a personas o empresas con las que cualquier transacción está prohibida. La Parte Contratante no hará uso de los servicios VLJ para utilizar, fabricar o desarrollar armas convencionales o armas de destrucción masiva, incluyendo armamento nuclear, contempladas en la legislación japonesa de comercio exterior y divisas.

Artículo 27.(Jurisdicción competente)

Cualquier controversia que surja entre las partes en relación con los servicios VLJ se resolverá en primera instancia ante los tribunales de la región de Tokio.

Artículo 28.(Legislación aplicable)

La legislación aplicable a la presente Normativa es la ley de Japón.

 


Lista de precios

Clasificaciones de VLJ

Unidad

Precio(IVA incluido)

Periodo otorgado

Starter Pack

ID

6,600 yenes

6 meses

VLJ Level 1

ID

32,780 yenes

6 meses

VLJ Level 2

ID

32,780 yenes

6 meses

VLJ Level 3

ID

32,780 yenes

6 meses

ID de administrador

ID

5,500 yenes

6 meses

Conversación en japonés en línea

ID

99,000 yenes

6 meses


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※Level 3 es solamente disponible en inglés.

para aprender japonés
desde cero

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Nivel 2
(equivale a JLPT N4)

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Comunicación adecuada para cada situación

Nivel 3
(equivale a JLPT N3)

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